Diez datos clave sobre la declaración del ISLR
Faltan pocos días para que culmine el plazo establecido
KPMG en Venezuela, facilita una guía de pasos claves que toda persona natural debe tomar en consideración para declarar correctamente su Impuesto sobre la Renta
El plazo para declarar el Impuesto Sobre La Renta de las personas naturales (para el ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2014) culmina el 31 de marzo. Tomando en consideración las dudas relacionadas con el tema, Carlos Adrianza, Socio Líder de Impuesto, de la Firma de contadores públicos KPMG en Venezuela –Rodríguez Velázquez & Asociados- precisó diez puntos clave que lo ayudarán al momento de cumplir con el deber:
- Deben declarar aquellas personas naturales que obtienen un enriquecimiento neto anual superior a las mil unidades tributarias (1.000 U.T.) o ingresos brutos de mil quinientas unidades tributarias (1.500 U.T.), en el caso de las personas que no trabajan bajo relación de dependencia.
- En el caso de las personas naturales cuyas rentas sean producto del salario, cabe recordar que la Sala Constitucional del Máximo Tribunal estableció que el Impuesto sobre la Renta sólo debe gravar las remuneraciones otorgadas en forma regular y permanente, que constituyen el denominado salario normal, excluyendo los beneficios remunerativos marginales otorgados en forma accidental, interpretación aplicable para el ejercicio 2014.
- El valor de la unidad tributaria que debe tomarse en cuenta al momento de realizar la declaración es de 127 bolívares. El reciente aumento no entra en vigencia para este período.
- La ley permite hacer algunas deducciones a la renta del contribuyente, lo cual se conoce como desgravámenes. En este caso las personas tienen dos opciones: optar por un desgravamen único equivalente a 774 U.T. o aplicar un desgravamen detallado, donde el contribuyente debe soportar los pagos de ciertas necesidades básicas.
- El desgravamen detallado sólo contempla:
- El pago de institutos docentes, por la educación del contribuyente o descendientes menores de 25 años.
- El pago de seguro de hospitalización, cirugía y maternidad.
- El pago de servicios médicos y odontológicos.
- Lo pagado por cuotas de intereses en casos de préstamos para la adquisición de vivienda principal hasta mil unidades tributarias (1.000 U.T.).
- Pagos por concepto de alquiler de vivienda hasta ochocientas unidades tributarias (800 U.T.).
- Las personas naturales gozan de una rebaja de impuesto equivalente de diez unidades tributarias (10 U.T.). La misma cantidad será rebajada por el cónyuge no separado de bienes y que no haya optado por declarar por separado, por cada ascendiente y descendiente directo que resida en el país y sea menor de edad, a menos que esté estudiando y sea menor a veinte y cinco (25) años o esté incapacitado.
- La declaración se realiza por Internet a través del portal oficial del SENIAT: www.seniat.gob.ve. Una vez inscrito en la página, el portal le dará acceso a una planilla donde podrá completar la declaración. Si ya está inscrito en el portal, le pedirá previamente confirmar el correo electrónico que servirá ahora de domicilio fiscal electrónico para notificaciones y comunicaciones.
- En caso de que la declaración arroje impuesto por pagar, el mismo puede se puede financiar en tres porciones iguales, la primera se paga antes del vencimiento del lapso para declarar, la segunda a los 20 días y la última a los 40 días continuos.
- El pago del impuesto se puede hacer por Internet o en una Oficina Receptora de Fondos Nacionales, imprimiendo las planillas generadas por el sistema.
- La no presentación de la declaración de rentas, es sancionado con una multa equivalente a 150 unidades tributarias (150 U.T.). La presentación tardía se multa con cien unidades tributarias (100 U.T.), sin perjuicio de los intereses moratorios aplicables por el pago extemporáneo.